Colombianos podrán evitar mensajes y llamadas comerciales a partir del 10 de abril | Más Colombia
jueves, 30 de abril de 2026
Inicio  »  Empleo  »  Colombianos podrán evitar mensajes y llamadas comerciales a partir del 10 de abril

Colombianos podrán evitar mensajes y llamadas comerciales a partir del 10 de abril

MinTic anunció que los colombianos podrán registrarse para dejar de recibir llamadas y mensajes comerciales a partir del 10 de abril.

mensajes y llamadas comerciales, llamada, número desconocido, Más Colombia

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) anunció a través de un comunicado oficial el 5 de abril de 2024, el lanzamiento de una nueva plataforma que permitirá a los ciudadanos colombianos limitar la recepción de mensajes y llamadas comerciales o publicitarias.

Y es que ¿quién no ha recibido mensajes y llamadas comerciales repetidamente y a horas inoportunas? Pues bien, esta iniciativa, enmarcada en la Ley “Dejen de Fregar”, establece el Registro de Números Excluidos (RNE), cuya operación comenzará el próximo 10 de abril.


Le contamos de qué se trata la iniciativa.

Le puede interesar: Alcaldía de Bogotá llama a hacer un ahorro de agua: los niveles de los embalses descienden

No más mensajes y llamadas comerciales

A partir del 10 de abril, los ciudadanos podrán registrar no solo sus números telefónicos para evitar los mensajes de texto, sino también otros medios de contacto, como mensajes por aplicaciones o web, correos electrónicos y llamadas telefónicas con carácter comercial o publicitario.

Los usuarios tendrán la opción de seleccionar los canales que desean autorizar y los que prefieren excluir de las comunicaciones comerciales. Así lo confirmó el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través de su cuenta X.

También le puede interesar: Aspirantes a empleos en los cuerpos oficiales de bomberos, atención a la citación de pruebas


Pilas: debe registrarse para cumplir con la regulación

La actualización del Registro, de acuerdo con MinTic, obliga a los productores o proveedores de bienes y servicios a consultar el RNE antes de contactar a los consumidores. Por ello, la CRC habilitará la plataforma para que las empresas realicen su inscripción desde el 3 de abril, con el fin de poder acceder a la consulta a partir del 10 de abril.

Lina María Duque Del Vecchio, Comisionada y Directora Ejecutiva de la CRC, hizo un llamado a las empresas para que se registren en la plataforma lo antes posible.

Duque destacó que la responsabilidad de abstenerse de contactar a los consumidores recae exclusivamente en las empresas. En caso de recibir comunicaciones no deseadas a pesar de estar registrados en el RNE, los consumidores pueden denunciar su caso ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), quien llevará a cabo las investigaciones correspondientes.

evitar mensajes y llamadas comerciales 1

Qué dice la Ley “Dejen de fregar”

La ley recientemente promulgada tiene como objetivo fundamental proteger el derecho a la intimidad de los consumidores en Colombia. Esto se logra estableciendo normas claras sobre cómo y cuándo las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y otras personas jurídicas pueden contactar a los consumidores en relación con gestiones de cobranza.

De acuerdo con esta ley, las entidades que se dedican a actividades de cobranza solo pueden contactar a los consumidores a través de los canales que estos autoricen previamente. Es importante que los consumidores reciban información completa y clara sobre estos canales para que puedan elegir de manera informada.

Además, se establecen horarios y periodicidades para los contactos de cobranza. Por ejemplo, una vez que se ha establecido un contacto directo con un consumidor, este no puede ser contactado varias veces en un mismo día o mediante diferentes canales en una misma semana. Los contactos deben realizarse respetando el horario de lunes a viernes, de 7:00 am a 7:00 pm, y los sábados de 8:00 am a 3:00 pm, excluyendo los domingos y días festivos.

La ley prohíbe específicamente que las entidades de cobranza contacten a referencias personales u otros contactos no directamente relacionados con la deuda. Sin embargo, establece que el avalista, codeudor o deudor solidario puede ser contactado en la misma condición que el deudor principal.


Habrá sanciones

Para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, se establecen sanciones por incumplimiento, que serán aplicadas por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Industria y Comercio. Además, se prevé que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, coordine la implementación de las medidas técnicas necesarias para adaptar el Registro de Números Excluidos conforme a lo establecido en la ley.