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viernes, 29 de marzo de 2024
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Propuesta de Reforma Tributaria asegura poder recaudar 20 billones sin tocar el IVA

La Red de Trabajo Fiscal afirma que las finanzas públicas se podrían sanear si se incrementa el impuesto a la renta de las personas naturales más pudientes, se reduce el impuesto a la renta de las empresas y se eliminan las exenciones y el descuento del ICA.
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La Red de Trabajo Fiscal puso en consideración del Gobierno nacional una propuesta de Reforma Tributaria que busca recaudar aproximadamente 20 billones de pesos anuales —suma necesaria para ordenar las finanzas públicas (MinHacienda)—, sin incrementar los impuestos al consumo ni hacer modificaciones al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Para ello, propone aumentar la tributación de quienes, por sus ingresos, hacen parte del 1%, del 0.1%, del 0.01% y del 0.001% más rico del país. Asimismo, propone ajustes en el impuesto de renta de las personas naturales y de las empresas, y la adopción de medidas contra la evasión y la elusión de impuestos.

¿En qué consisten las modificaciones y cuánto se espera recaudar de estas?


  1. Impuestos de renta en personas naturales

En Colombia, existen reglamentaciones tributarias distintas según los tipos de ingresos (rentas laborales, rentas de capital, rentas por dividendos, ganancias ocasionales, etc.). Con el fin de evitar que unos ingresos tributen a tarifas más altas que otros, como ocurre actualmente, la propuesta busca gravar de la misma forma los ingresos de todas las personas naturales, sin importar su fuente, para recaudar un monto de 11.8 billones de pesos anuales. Únicamente quedarían excluidos de esta medida los trabajadores y pensionados con ingresos inferiores a los 6 millones de pesos. 

En este sentido, los dividendos y las ganancias ocasionales tributarían a tasas iguales que los ingresos salariales, lo que significa que quienes viven de las rentas pagarían impuestos en la misma proporción que quienes viven de sus sueldos. 

  1. Impuestos de renta en empresas

La propuesta busca fortalecer las pequeñas y medianas empresas, afectadas en su mayoría por las circunstancias económicas actuales. Por un lado, coincide con dos puntos de la Reforma Tributaria que el Gobierno presentó y después retiró: la eliminación de rentas exentas y la reducción de la tarifa del impuesto de renta al 24% para las empresas con utilidades anuales inferiores a 500 millones de pesos y al 30% para las que superen ese monto. 

Por otro lado, la propuesta de la Red de Trabajo Fiscal se distancia de la reforma presentada y retirada por el Gobierno en dos aspectos cruciales: En primer lugar, propone eliminar los beneficios tributarios y el descuento al Impuesto de Industria y Comercio (ICA), que otorgaban tratos preferenciales a ciertos sectores productivos. En segundo lugar, se aparta de las medidas de corto plazo que proponía el Gobierno, como la imposición de una sobretasa temporal de 3 puntos porcentuales a las empresas. Según la Red, con estos ajustes al impuesto de renta de las empresas, se podría recaudar 8.2 billones de pesos anuales.

Para Luis Carlos Reyes, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, la permanencia de las medidas debe ser una prioridad. En su concepto, «una de las principales preocupaciones de las calificadoras de riesgo es que en Colombia las reformas tributarias se concentran en medidas temporales. Así que vendría bien tenerlo en cuenta justo cuando la agencia de calificación de riesgo Standard & Poor’s decidió bajar la calificación de Colombia, de BBB- a BB+». 


  1. Acciones contra la elusión y la evasión de impuestos

Para hacer frente a la evasión de impuestos, la Red de Trabajo Fiscal propone adoptar varias medidas: (i) La eliminación de la posibilidad de aumentar el costo fiscal de los bienes, a partir del autoavalúo. (ii) El establecimiento de criterios claros para determinar las Sedes Efectivas de Administración (SEA), ante las cuales deben responder las sociedades y entidades que se consideran residentes fiscales en el país. (iii) El fortalecimiento de la administración y del sistema jurídico tributario.