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viernes, 31 de octubre de 2025
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Pilas, cambio clave beneficiará a contratistas del Distrito a partir de julio de 2025

Nueva medida cambia la seguridad social para los contratistas del Distrito. Le contamos de qué se trata la iniciativa y qué rol juega la Secretaría de Hacienda en la implementación.

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A partir del 1 de julio de 2025, las entidades del Distrito serán responsables del pago directo de la seguridad social de los contratistas del Distrito.

Este cambio se realizará mediante deducciones automáticas sobre sus honorarios, en cumplimiento de la Ley 2381 de 2024. La Secretaría de Hacienda de Bogotá lidera la transición, asegurando que el proceso se lleve a cabo sin contratiempos.


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La Dirección de Tesorería de Hacienda trabaja en la implementación del mecanismo que permitirá a las entidades distritales efectuar los pagos de seguridad social de manera directa, eliminando la obligación de los contratistas de realizar este trámite por su cuenta.

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¿Cómo afecta esta medida a las entidades distritales?

Las entidades del Sector Central, Fondos de Desarrollo Local y Establecimientos Públicos del Distrito deberán realizar las deducciones correspondientes a seguridad social antes de efectuar el pago de honorarios a sus contratistas. Para ello, las entidades deberán:

  • Acordar con los contratistas del Distrito las deducciones necesarias.
  • Realizar la ordenación de giro a través del pilar contributivo.
  • Ajustar procedimientos internos para garantizar el correcto reporte de información al Sistema General de Seguridad Social en pensiones.
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Rol de la Secretaría de Hacienda en la implementación

La Dirección Distrital de Tesorería, a través de la Secretaría Distrital de Hacienda, está trabajando con los operadores encargados de la liquidación y distribución de aportes a la seguridad social. Su objetivo es definir los mecanismos adecuados para que las entidades ordenadoras del gasto generen las planillas de pago conforme a lo estipulado por la ley.


Se prevé que esta medida simplificará los procesos administrativos y garantizará que los contratistas del Distrito cumplan con sus obligaciones de seguridad social sin complicaciones.

Próximos pasos y retos en la implementación

Para que la transición sea exitosa, las entidades del Distrito deben realizar ajustes internos y coordinar con la Dirección Distrital de Tesorería. Algunos aspectos clave incluyen:

  • La expedición del decreto reglamentario por parte del Ministerio de Trabajo.
  • La capacitación a las entidades sobre los nuevos procedimientos.
  • La habilitación de plataformas tecnológicas que faciliten el pago de seguridad social a contratistas del Distrito.
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Información clave para los contratistas del Distrito

La nueva medida ciertamente cambia el panorama para aquellos que prestan servicios a la capital colombiana. A partir de julio varios procesos se simplificarán así que, si la iniciativa le afecta directamente, ojo, porque estos son los puntos clave que deberá tener en mente durante los próximos meses:

  • Los contratistas del Distrito ya no deberán encargarse directamente del pago de su seguridad social.
  • Las entidades contratantes tendrán que realizar las deducciones necesarias y reportarán novedades contractuales, por lo que ya no será responsabilidad del contratista.
  • Mientras se expide el decreto reglamentario, la Dirección Distrital de Tesorería no podrá indicar la ordenación de pagos, pero ya está preparada para su implementación. De manera que previo a la entrada en vigor el pago de la seguridad social se hará conforme se ha venido haciendo.

Con esta reforma, Bogotá se propone una meta clara: garantizar el pago oportuno y adecuado de la seguridad social para sus contratistas, esto, en línea con la normativa vigente. La medida tiene varios beneficios pues no solo simplifica la gestión administrativa, sino que también reduce el riesgo de evasión y asegura la protección social de aquellos que prestan servicios al Distrito Capital.