Las facturas de energía de octubre traen el primer cobro de la CREG por exceder la meta: Air-e contó 258.000 usuarios por encima
No pagar el cobro adicional no permite que corten la luz, pero sigue siendo una deuda exigible; el recargo empieza en el ciclo siguiente al pedagógico, que depende de la fecha de lectura del medidor.
Las facturas de energía de octubre son las primeras con el cobro adicional del programa de ahorro ante El Niño: se paga un recargo por la energía que pase del 110 % de la meta de cada usuario. Lo fijó la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), que regula el sector.
Air-e Intervenida informó que terminó la etapa pedagógica y que el ciclo de facturación de octubre ya trae cobros o incentivos. Lo dijo en su comunicado del 1 de octubre de 2026.
En septiembre, cerca de 258.000 usuarios de Air-e superaron el umbral y unos 396.000 consumieron por debajo de su meta, según cifras de la empresa. Las divulgó el 8 de octubre Caracol Radio; Air-e, que atiende Atlántico, Magdalena y La Guajira, agregó que cerca de 800.000 usuarios mantuvieron o mejoraron su consumo pese al calor.
Los primeros recibos con el cargo ya comenzaron a llegar y hay inconformidad en la Costa Caribe. Superar el umbral durante septiembre no significa que todas esas personas deban pagarlo, pues para muchas ese fue el ciclo informativo.
¿Por qué me llegó el cobro si había un periodo de prueba?
El periodo de prueba no fue un mes calendario, sino el primer ciclo de lectura que terminó desde el inicio del programa. El artículo 5 de la Resolución CREG 101 126 del 21 de agosto de 2026 ordenó que cualquier cargo calculado allí fuera solo informativo.
Si el medidor se leía el día 5, la prueba pudo cubrir apenas cinco días de septiembre. Ese ciclo había empezado casi un mes antes; el siguiente, cerrado a comienzos de octubre, ya podía producir un saldo exigible. El ahorro del ciclo pedagógico sí cuenta a favor.
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Por eso la Personería de Barranquilla sostiene que a algunos usuarios la etapa de prueba les duró entre cinco y ocho días. La queja la recogió El Heraldo el 8 de octubre de 2026.
¿Cuánto se paga de más?
El recargo se calcula solo sobre los kilovatios hora (kWh), la unidad en que se mide la energía consumida, que pasen del 110 % de la meta. La franja entre la meta y el 110 % no paga nada adicional.
Para estratos 1, 2 y 3 el recargo es de 30 % sobre la tarifa que ya pagan, con su subsidio o contribución; para estratos 4, 5 y 6, de 50 %, y para comercios e industrias, de 70 %. Así lo fija la Resolución CREG 101 120 de 2026.
Ejemplo ilustrativo: un hogar de estrato 2 con meta de 200 kWh no tiene recargo hasta 220 kWh. Si usa 250, se cobran 30 kWh excedentes. Con una tarifa supuesta de $1.000 por kWh —no una tarifa real—, el adicional sería 30 × $1.000 × 0,30 = $9.000.
Quien quede por debajo del 90 % de su meta puede recibir un beneficio al cierre del periodo de seis meses. Lo recaudado va a una bolsa que se reparte entre quienes ahorraron; no es ingreso de la empresa. El cobro tiene un tope ligado al costo de racionamiento que publica la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME).
¿Qué pasa si no pago el cobro adicional?
Dejar sin pagar únicamente este cargo no permite suspender el servicio, pero la deuda sigue siendo exigible. La obligación tampoco desaparece al terminar el programa. Si el usuario hace un pago parcial, este se abona primero al servicio de energía y luego al adicional, bajo las reglas ordinarias de la factura.
¿Cómo consulto mi meta y quién no paga el cobro?
Los clientes de Air-e pueden consultar su meta diaria en el portal de la empresa con el número de cliente (NIC) que aparece en la factura. Las demás comercializadoras deben informarla en la factura o en sus canales. La meta sale del historial de 12 meses de cada usuario.
No pagan el cobro los usuarios con consumo estimado, es decir, sin lectura del medidor, ni los de municipios afectados por el sismo del 10 de agosto. También quedan por fuera organismos de emergencia y seguridad, cárceles, sedes de entidades públicas y autogeneradores con energía renovable.
Los hogares donde una persona enferma depende de equipos eléctricos también pueden quedar excluidos del cobro. En Air-e, los certificados médicos se envían por el WhatsApp AVA, 313 430 0000; el procedimiento general lo explicamos en esta nota sobre la exclusión por condición médica.
¿Cómo reclamo si creo que está mal liquidado?
Presente la reclamación ante la empresa, identifique la factura y hágalo antes de que cumpla cinco meses de expedida. La comercializadora tiene 15 días hábiles para responder, de acuerdo con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Concepto SSPD-OJ-2026-054 de marzo de 2026.
Si la respuesta es desfavorable, hay cinco días desde la notificación para presentar reposición y, en subsidio, apelación. La apelación la decide la Superintendencia. Ambos recursos se radican ante la comercializadora, que no puede exigir el pago de lo discutido para tramitarlos: se paga solo la parte no reclamada.
¿La CREG va a cambiar el programa?
No hay un cambio oficial, pero la Comisión dejó abierta la posibilidad de ajustar, prorrogar, suspender o terminar antes el programa. La Circular CREG 348 del 16 de septiembre de 2026 condiciona esas opciones a que aparezcan impactos que las salvaguardas actuales no resuelvan.
La metodología es nacional, pero la meta sale del historial de cada usuario, así que un hogar de clima cálido la tiene más alta. Por eso la CREG no adoptó una corrección climática ni una banda regional.
El personero de Barranquilla, Miguel Ángel Alzate, dijo a El Heraldo que la Comisión le dio una respuesta preliminar sin cambios. Pidió un ciclo pedagógico completo y que Air-e no aplique los cobros cuestionados y refacture.
Antes de pagar o reclamar, compare en su recibo la meta, la fecha de lectura y los kWh cobrados como excedente.