Colombia Mayor: pagos hasta el 13 de septiembre
jueves, 3 de septiembre de 2026
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Colombia Mayor paga del 3 al 13 de septiembre: el giro puede ser de $230.000, $150.000 o $80.000

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Colombia Mayor tiene abierto su séptimo ciclo hasta el 13 de septiembre. El pago cambia según la edad y, en Bogotá, por la cofinanciación del Distrito.

Personas mayores esperan atención en un punto de pago sencillo y tranquilo.

El séptimo ciclo de Colombia Mayor comenzó el 3 de septiembre de 2026. El plazo para cobrar termina el 13 de septiembre.

No todos reciben la misma suma. Las mujeres de 60 años o más y los hombres de 65 años o más reciben $230.000. Los demás beneficiarios activos reciben $80.000.

En Bogotá hay una diferencia. Quienes por edad no llegan al pago de $230.000 reciben $150.000 en total, por cofinanciación del Distrito.

Ciudad Edad Monto
Todo el país, incluida Bogotá Mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65 $230.000
Bogotá Personas activas que por edad no llegan al pago de $230.000 $150.000
Resto del país Demás beneficiarios activos $80.000

¿Cuándo puedo cobrar el séptimo ciclo de Colombia Mayor?

Puede cobrar entre el 3 y el 13 de septiembre de 2026. Ese es el periodo fijado para el séptimo ciclo. Prosperidad Social anunció estas fechas en un comunicado fechado el 29 de agosto y publicado el 30 de agosto de 2026.

La suma de $230.000 no aumentó para este ciclo. Se paga a esos grupos de edad desde el primer ciclo de 2026, tras una decisión tomada a finales de 2025.

¿Cuánto me toca en Colombia Mayor?

Recibe $230.000 si es mujer y tiene 60 años o más, o si es hombre y tiene 65 años o más. Los demás beneficiarios activos reciben $80.000. En Bogotá, quienes no alcanzan el monto mayor por su edad reciben $150.000 en total.

La modalidad indirecta funciona de otra forma. Entrega servicios por medio de centros de protección o centros diurnos, no dinero directo.

¿Por qué a mí me dieron menos?

El monto depende de la edad y, para el pago intermedio, de vivir en Bogotá. Entrar al programa desde los 54 años si es mujer o 59 si es hombre no da acceso inmediato a $230.000. Esa suma empieza a los 60 y 65 años, respectivamente.

Son dos edades diferentes. Una permite cumplir el requisito de ingreso. La otra define desde cuándo se recibe el monto mayor.

¿Cómo consulto si tengo el giro?

Entre a “Consulta tu subsidio” de SuperGiros. Seleccione el tipo de identificación, escriba el número, acepte el tratamiento de datos y pulse “Enviar”. Prosperidad Social también informa al teléfono registrado. Otra opción es preguntar en la Oficina del Adulto Mayor de su alcaldía.

No se pudo confirmar una consulta individual equivalente en la página de SuRed.

Algunas personas reciben el dinero en una cuenta o depósito electrónico registrado. En este ciclo serán 24.598 participantes.

El registro se hace mediante el Gestor de Información Financiera (GIF), el servicio de Prosperidad Social para registrar, consultar o actualizar un producto propio. Es voluntario. Quien no lo use puede seguir cobrando por giro.

Para registrarlo, la persona debe ser titular y presentar una certificación bancaria expedida hace menos de 30 días. Se admiten cuentas y billeteras habilitadas en CENIT, entre ellas Nequi, Daviplata, MOVii, dale! y RappiPay. No se confirmó un plazo general de registro.

¿Dónde lo cobro y qué llevo?

El giro en efectivo se paga solamente por la unión temporal SuperGiros–SuRed y sus puntos autorizados. El lugar exacto depende del municipio. Puede buscarlo en el directorio de SuperGiros por departamento y municipio. Para recibir el dinero debe presentar su documento de identidad original.

No tiene que comprar productos ni contratar servicios para recibir el giro.

¿Qué pasa si no alcanzo a cobrar?

No pierde el subsidio de inmediato por dejar pasar un giro. Colombia Mayor permite acumular hasta cuatro ciclos. La causal de retiro se configura al completar cuatro giros mensuales consecutivos sin cobrar, o dos giros consecutivos en los municipios donde el pago es bimestral.

No se pudo confirmar que el giro individual de este ciclo sea devuelto definitivamente al Tesoro cuando termine el plazo del 13 de septiembre.

¿Quién puede entrar al programa?

Puede inscribirse una persona colombiana que haya vivido los últimos diez años en el país, no tenga rentas o ingresos suficientes y cumpla la edad mínima: 54 años si es mujer o 59 si es hombre. También debe estar en Sisbén IV, en A, B o hasta C1.

El Sisbén IV es la clasificación exigida por el programa. Prosperidad Social cruza bases de datos para comprobar que la persona no reciba pensión. Tener una pensión impide permanecer en Colombia Mayor.


Prosperidad Social habla de cerca de 3 millones de participantes. La cobertura pasó de 1,7 millones a 3 millones al finalizar 2025, pero no hay una cifra exacta de beneficiarios activos al 3 de septiembre.

¿Cómo me inscribo en Colombia Mayor?

Debe ir personalmente con la cédula física a la alcaldía municipal o distrital. El trámite suele hacerse en la Oficina de Atención al Adulto Mayor. También puede acudir a una gerencia regional de Prosperidad Social. En Bogotá se realiza en las Subdirecciones Locales de Integración Social.

La inscripción no garantiza un cupo. Prosperidad Social debe validar la información y aplicar la priorización.

¿Por qué me pueden sacar del programa?

Las causas incluyen muerte, falsedad o intento de fraude, recibir pensión, superar el límite permitido de renta y pedir el retiro voluntario. También puede ocurrir por el traslado a otro municipio o distrito, por actividades ilícitas mientras exista condena o por giros consecutivos sin cobrar.

También son causales recibir otro subsidio de vejez que, sumado a Colombia Mayor, supere medio salario mínimo, y la mendicidad comprobada como actividad productiva.

En pagos mensuales, la causal por no cobrar aparece con cuatro giros consecutivos. En municipios con pago bimestral, aparece con dos.

¿Me pueden cobrar por inscribirme?

No. Prosperidad Social advierte de manera textual: “todos los trámites ante la entidad son gratuitos y no requieren intermediarios”. Nadie puede exigir dinero para hacer la inscripción, tramitar un cupo o conseguir un pago. Un ofrecimiento de cupos o pagos a cambio de dinero no es legítimo.

La inscripción, además, no asegura la entrada al programa. La entidad revisa los datos y aplica criterios de priorización.

¿Tengo derecho al auxilio funerario por recibir Colombia Mayor?

No por el solo hecho de pertenecer a Colombia Mayor. Este programa entrega una transferencia social y no es una pensión ni una cotización. El auxilio funerario del sistema pensional se causa por la muerte de un afiliado o pensionado, no por recibir este subsidio.

Un beneficiario de Colombia Mayor solo podría originar ese auxilio si también era afiliado o pensionado. Si ese es el caso, conviene saber cuánto es el auxilio funerario en 2026 y quién puede reclamarlo.