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Artículos relacionados con la educación pública y el magisterio fueron eliminados en Cámara del Plan Nacional de Desarrollo

La representante a la Cámara por Bogotá, Jennifer Pedraza, dio a conocer que dos artículos del Plan Nacional de Desarrollo, que tenían que ver directamente con la educación pública y el magisterio colombiano, fueron eliminados en la primera ponencia de la Cámara.
Congreso de la República de Colombia, Capitolio de Colombia, Más Colombia

Durante la primera ponencia del Plan Nacional de Desarrollo, en la Cámara de Representantes, fueron eliminados los artículos 101 y 102 del Plan Nacional de Desarrollo (PND). De mantenerse dichos artículos en el texto que vote el Senado de la República, tendrían que ser conciliados. 

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Así lo dio a conocer la representante a la cámara por Bogotá, Jennifer Pedraza Sandoval, quien aseguró que estos artículos “permitían modelo híbrido y una reforma lesiva al FOMAG”, que es Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio. 

El Plan Nacional de Desarrollo, titulado “Colombia potencia mundial de la vida”, fue presentado por el gobierno del presidente Petro el 6 de febrero pasado. Desde ese momento, el magisterio colombiano ha venido advirtiendo sobre el impacto negativo que la educación híbrida podría tener tanto en materia laboral como en la calidad de educación. Asimismo, ha expresado sus dudas sobre la creación de una entidad para administrar los recursos del FOMAG. 

Artículo 101 del Plan Nacional de Desarrollo: Modelo Híbrido de Educación

El artículo 101 del Plan Nacional de Desarrollo señala que el gobierno implementará el “Modelo híbrido de educación” para la educación básica y media.

“Se entiende por modelo híbrido el desarrollo simultáneo de las clases de forma presencial y a distancia, ya sea de forma síncrona y/o asíncrona”, explica el texto del PND.

Ante la incorporación del Artículo 101 a la política educativa, surgen varias dudas. Una de ellas consiste en que el PND no justifica la necesidad de implementar este modelo ni explica cuál sería su alcance, ámbito de aplicación y los tiempos de implementación.

El magisterio también ha expresado su preocupación ante la posibilidad de que al implementar la educación híbrida se produzca un recorte del personal docente, teniendo en cuenta que parte de las clases se darían a distancia y de forma asincrónica y que la educación pública enfrenta graves dificultades financieras desde hace varios años.

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Por esta línea, otras políticas implementadas y anunciadas por el gobierno actual refuerzan la idea del recorte de personal. Es el caso de la propuesta de retiro compensado voluntario para profesores pensionados que se rigen por el estatuto 2277 y continúan trabajando, y del programa Viva la escuela, con el cual el gobierno nacional enviará a 40.000 jóvenes universitario que se encuentran cursando sus últimos semestres de formación a fortalecer las labores educativas y administrativas en los colegios públicos de todo el territorio nacional, por lo cual recibirán un salario mínimo.

Finalmente, se han expresado dudas sobre el impacto que tendría el modelo híbrido en la calidad de la educación que reciben los estudiantes de colegios públicos. Expertos han resaltado la importancia de las actividades presenciales para el aprendizaje, luego de que el mundo se viera obligado a implementar métodos remotos de trabajo y educación a causa de la pandemia de Covid-19. 

Este distanciamiento, que fue vital durante la pandemia, reveló la importancia de la educación presencial sobre todo para niñas, niños y adolescentes. Maestros y padres de familia pudieron dimensionar la importancia de los encuentros presenciales para la formación de lazos entre estudiantes de diversas edades, pero en especial de edades similares; la interacción con la autoridad, ya sean profesores, coordinadores o rectores, y el contacto con los diferentes actores del ámbito educativo. 

La presencialidad en la educación no solo permite espacios seguros y de carácter pedagógico para manifestar diferencias de pensamientos, debates y preguntas, sino también facilita que la formación sea complementada con actividades científicas, culturales y deportivas, tanto curriculares y extracurriculares, elementales para el desarrollo humano integral. 

Artículo 102 del Plan Nacional de Desarrollo: FOMAG

De acuerdo con la representante a la Cámara, Jennifer Pedraza, el Artículo 102, sobre el “Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio – FOMAG”, también fue eliminado del PND en la primera ponencia en el Congreso de la República.

Este Artículo ordena la creación de una entidad para “administrar directamente los recursos que constituyen el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio”.

Al respecto, el pliego de peticiones radicado por la Federación Colombiana de Educadores (FECODE) el pasado 28 de febrero, le exige al gobierno nacional fortalecer la financiación del FOMAG, a partir del pago del pasivo prestacional que tiene el Estado colombiano y las entidades territoriales con el Fondo. 
Asimismo, reclama un “aumento de las partidas del presupuesto nacional, el traslado oportuno de los recursos ubicados en los FONPET [Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales] al FOMAG y los de ley por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público”, en lugar de crear otra institución para la administración de los aportes de seguridad social realizados por los docentes.

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