¿Busca trabajo en su municipio? Nueva regla dará prioridad a mano de obra local: así puede participar
El Decreto 990 de 2026 reglamentó la contratación de mano de obra local en inversiones y programas regionales. Cuando haya trabajadores de la zona con el perfil requerido, al menos el 50% de las personas directamente vinculadas deberá ser mano de obra local.

Si en su municipio está comenzando una obra, una inversión o un programa que necesita contratar personal, vivir en la zona puede darle una ventaja real para acceder a determinadas vacantes.
Desde agosto de 2026 está vigente una reglamentación que establece cómo debe aplicarse la obligación de contratar mano de obra local en inversiones y programas que se desarrollen en las regiones del país.
La regla central es concreta: según el Decreto 990 de 2026, como mínimo el 50% de las personas vinculadas directamente para ejecutar la inversión o programa deberá corresponder a mano de obra local, siempre que en el territorio existan personas con las capacidades requeridas.
Pero para aprovechar esa prioridad no basta simplemente con vivir cerca del proyecto.
El trabajador debe saber dónde se gestionarán las vacantes, cómo demostrar que reside en la zona y qué pasos debería seguir para aparecer dentro de la búsqueda local de candidatos.
Lo primero: registre o actualice su hoja de vida en el Servicio Público de Empleo
Este es probablemente el paso más importante para quien quiera aprovechar las oportunidades que se generen bajo esta reglamentación.
El Decreto 990 establece que la gestión de las vacantes debe realizarse mediante prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo.
Por eso, una persona que esté buscando trabajo debería verificar que su hoja de vida esté registrada y actualizada dentro de los mecanismos autorizados que operan en su municipio o región.
El Servicio Público de Empleo funciona mediante una red de prestadores autorizados que incluye agencias públicas, cajas de compensación familiar y otros operadores habilitados para realizar actividades de gestión y colocación de empleo.
En la práctica, tener la hoja de vida registrada y actualizada puede resultar fundamental cuando una empresa comience a buscar trabajadores para una inversión o programa en el territorio.
Segundo: tenga listo el certificado que demuestra que vive en la zona
La reglamentación define expresamente qué debe entenderse por mano de obra local.
Según el Decreto 990 de 2026, se trata de la persona que puede acreditar su residencia mediante el certificado expedido por la alcaldía municipal, conforme a las reglas vigentes.
Esto significa que no basta con afirmar que se vive en determinado municipio.
La residencia debe poder demostrarse.
Por eso, para alguien que quiera aprovechar estas oportunidades laborales, puede ser conveniente verificar con anticipación cómo solicitar el certificado de residencia correspondiente en su alcaldía.
Tercero: vigile primero los proyectos que estén contratando en su propia zona
Uno de los aspectos más importantes de la nueva reglamentación es el orden territorial en el que deben buscarse los trabajadores.
La búsqueda no debería comenzar inmediatamente en cualquier lugar del país.
Según el Decreto 990, primero deben buscarse candidatos en:
1. El área de influencia del proyecto o la zona de contratación laboral.
Si allí no existen personas que cumplan con el perfil requerido, la búsqueda puede ampliarse a:
2. Los municipios vecinos a la zona del proyecto, incluso cuando pertenezcan a otro departamento.
Posteriormente puede extenderse a:
3. Los demás municipios del departamento o departamentos en los que se encuentre el proyecto.
Y finalmente:
4. Al resto del territorio nacional.
Esto significa que, para las oportunidades cubiertas por esta regulación, la búsqueda debe comenzar por las personas que viven más cerca del lugar donde se ejecuta la inversión o programa.
Sin embargo, existe una condición esencial: el candidato debe cumplir con las capacidades y requisitos exigidos para la vacante.
Consultar el orden territorial establecido en el Decreto 990 de 2026
¿Dónde deberían aparecer estas vacantes?
Las oportunidades deben gestionarse mediante prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo con cobertura en el territorio correspondiente.
Esto hace especialmente importante revisar:
- el portal del Servicio Público de Empleo;
- las agencias públicas de empleo que operen en la región;
- las agencias de empleo de las cajas de compensación familiar;
- y otros prestadores autorizados que tengan presencia en el municipio.
El decreto establece además una regla particular cuando existen varias agencias de gestión y colocación pertenecientes a cajas de compensación familiar en un mismo municipio.
En ese escenario, el empleador deberá registrar sus vacantes en al menos una de ellas.
Consultar el portal del Servicio Público de Empleo
Las vacantes deberán permanecer publicadas al menos cinco días hábiles
La reglamentación también establece un período mínimo de publicación.
Los empleadores, contratantes u operadores responsables deben informar durante cuánto tiempo estará vigente la vacante.
Según el Decreto 990, ese período no puede ser inferior a cinco días hábiles.
Esto significa que una oferta cubierta por estas reglas no debería abrirse y cerrarse inmediatamente sin darle una ventana mínima de acceso a los candidatos.
Además, si el empleador modifica de manera sustancial las condiciones de la vacante, el término de publicación deberá comenzar nuevamente.
Ver las reglas de publicación en el Decreto 990 de 2026
¿Qué significa realmente la regla del 50%?
Este punto requiere especial precisión.
La norma no dice que la mitad de todos los trabajadores de cualquier empresa en Colombia deban vivir en el municipio donde opera la compañía.
La obligación se calcula sobre el número de personas directamente vinculadas para ejecutar la inversión o programa al que se aplica la reglamentación.
Y existe otra condición fundamental:
el porcentaje mínimo del 50% aplica cuando exista mano de obra local con las capacidades requeridas.
Por ejemplo, si un proyecto necesita un perfil técnico o profesional específico y no existen candidatos locales que cumplan esas condiciones, la búsqueda puede ampliarse siguiendo el orden territorial establecido en la norma.
Esto evita interpretar equivocadamente el decreto como una reserva automática de la mitad de todas las vacantes.
¿Qué ocurre si una empresa dice que no encontró trabajadores locales?
Esta es una de las partes más importantes de la nueva reglamentación.
No basta simplemente con afirmar que no había candidatos disponibles en el territorio.
Los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo pueden certificar diferentes situaciones relacionadas con la búsqueda.
Entre ellas, que no existen oferentes inscritos que cumplan con el perfil requerido.
También pueden certificar cuántas personas fueron remitidas al empleador y registrar las razones objetivas reportadas para no seleccionar a determinados candidatos.
La reglamentación establece que, en los casos correspondientes, esta certificación deberá emitirse en un plazo máximo de tres días hábiles, contado desde la solicitud del empleador y la justificación de la no selección de los candidatos remitidos.
Esto introduce trazabilidad sobre una pregunta que puede resultar decisiva:
¿realmente no había trabajadores locales disponibles con el perfil requerido?
Consultar las reglas de certificación en el Decreto 990
¿Qué perfiles pueden beneficiarse?
La definición de mano de obra local no está limitada únicamente a trabajadores no calificados o labores operativas.
La reglamentación indica que la condición de trabajador local puede aplicarse independientemente del tipo de vacante, siempre que la persona cumpla con las capacidades exigidas.
Eso significa que, dependiendo del proyecto, pueden generarse oportunidades para perfiles:
- operativos;
- técnicos;
- tecnológicos;
- administrativos;
- profesionales;
- y otros cargos requeridos directamente para desarrollar la inversión o programa.
El tipo de oportunidad dependerá de las necesidades concretas de cada proyecto.
Personas con mayores barreras para conseguir empleo tendrán una prioridad adicional
El Decreto 990 incorpora además disposiciones relacionadas con las personas con barreras para la inserción laboral.
En los procesos de remisión de candidatos, los prestadores deberán priorizar a personas que enfrenten mayores dificultades para acceder al mercado laboral formal, siempre que cumplan con el perfil solicitado y las capacidades exigidas para el cargo.
Esto no significa que exista una contratación automática.
La persona deberá cumplir los requisitos objetivos de la vacante.
Pero sí introduce un criterio adicional de priorización dentro de los procesos de gestión de empleo.
El SENA también deberá intervenir cuando falten perfiles en la región
Otra parte importante de la reglamentación aparece cuando existe demanda de trabajadores, pero las personas disponibles en el territorio no cuentan todavía con la formación necesaria.
El Decreto 990 establece que el SENA y la Dirección de Generación y Protección del Empleo del Ministerio del Trabajo deberán evaluar la demanda laboral requerida.
A partir de esas necesidades podrán ofrecer instrucción, capacitación y cualificación a personas sin formación académica, buscando mejorar sus posibilidades de ingresar a los empleos generados.
La norma también permite articular estos procesos con universidades públicas y privadas legalmente reconocidas.
Esto significa que la política no se limita únicamente a buscar trabajadores disponibles.
También contempla la posibilidad de formar personas del territorio para responder a las necesidades laborales que generen los nuevos proyectos.
Consultar las disposiciones de capacitación en el Decreto 990 de 2026
Hay reglas especiales para reforestación, forestación y atención de emergencias
El Decreto 990 contiene además disposiciones particulares para determinadas inversiones y programas.
En actividades relacionadas con reforestación, forestación y atención de emergencias, la norma establece que al menos el 50% de los puestos requeridos debe estar cubierto por personas residentes en la región, bajo las condiciones establecidas.
La reglamentación también incorpora criterios de priorización para determinadas poblaciones en los casos previstos por la ley, incluyendo población campesina, indígena, NARP, víctimas del conflicto armado, personas sujetas de especial protección constitucional y habitantes de determinados municipios PDET o ZOMAC.
Estas reglas deben revisarse según el tipo específico de proyecto o programa.
El Ministerio del Trabajo podrá verificar si realmente se cumple el 50%
La obligación de contratar mano de obra local no quedó solamente como una recomendación.
El decreto establece responsabilidades de seguimiento y reporte.
Entre otra información, deberán registrarse las vacantes publicadas, el municipio donde se ejecuta el proyecto y datos relacionados con la mano de obra contratada.
La Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo deberá presentar informes semestrales al Ministerio del Trabajo sobre la implementación de estas medidas y sobre las vacantes publicadas.
A su vez, el Ministerio del Trabajo podrá ejercer sus competencias de inspección, vigilancia y control frente al cumplimiento de las disposiciones.
Hay una implementación que todavía debe completarse
Aunque el Decreto 990 ya fue expedido y se encuentra vigente, existen aspectos operativos que todavía deben ser desarrollados.
La norma ordenó al Ministerio del Trabajo y a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo expedir, dentro de un plazo máximo de 90 días, los lineamientos relacionados con determinados procesos, procedimientos, formatos y mecanismos de reporte.
Esto significa que la obligación general ya existe, pero algunos componentes operativos de seguimiento e información continuarán desarrollándose durante este período.
El Decreto 990 fue expedido y publicado el 4 de agosto de 2026 y establece que rige desde la fecha de su publicación.
Paso a paso: qué hacer desde ahora si quiere aprovechar estas oportunidades
Para una persona desempleada o que esté buscando cambiar de trabajo, la nueva reglamentación deja una ruta práctica.
1. Revise si su hoja de vida está registrada y actualizada en un prestador autorizado del Servicio Público de Empleo.
No espere necesariamente a conocer una vacante específica.
Tener la información actualizada puede facilitar su identificación cuando comiencen los procesos de contratación.
2. Identifique qué prestadores autorizados funcionan en su municipio.
Puede haber agencias públicas, agencias de cajas de compensación y otros operadores habilitados.
3. Averigüe cómo obtener el certificado de residencia en su alcaldía.
Ese documento es el mecanismo utilizado para acreditar la condición de mano de obra local.
4. Vigile las obras, inversiones y programas nuevos que comiencen en su municipio.
La oportunidad puede estar asociada a proyectos públicos o privados cubiertos por la regulación.
5. Revise también los municipios vecinos.
La búsqueda territorial puede ampliarse posteriormente hacia ellos.
6. Consulte periódicamente las vacantes publicadas en el Servicio Público de Empleo y en los prestadores autorizados de su región.
7. Postúlese únicamente cuando cumpla con el perfil solicitado.
La prioridad territorial no reemplaza los requisitos de formación, experiencia o capacidades exigidas por el empleador.
8. Mantenga organizados sus soportes laborales.
Certificados de estudio, experiencia laboral, cursos, documentos de identidad y acreditación de residencia pueden ser importantes durante los procesos.
Ingresar al Servicio Público de Empleo
Vivir cerca del proyecto ahora puede importar más al momento de buscar empleo
La nueva norma no garantiza que una persona consiga trabajo simplemente porque vive cerca de una obra o inversión.
Tampoco significa que todos los puestos de trabajo estén reservados para habitantes locales.
Pero sí establece una diferencia concreta:
la búsqueda de trabajadores debe comenzar por el territorio donde se desarrolla el proyecto.
Y cuando existan personas locales con las capacidades necesarias, como mínimo el 50% del personal directamente vinculado a la ejecución deberá corresponder a mano de obra local.
Por eso, para quien está buscando empleo, la consecuencia práctica del Decreto 990 no consiste únicamente en conocer una nueva norma.
Consiste en saber dónde registrarse, cómo acreditar que vive en la zona, dónde revisar las oportunidades y por qué los candidatos locales deben ser considerados antes de ampliar la búsqueda al resto del país.