viernes, 11 de septiembre de 2026
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Un juzgado suspendió la aspersión con glufosinato en el departamento del Putumayo: el piloto era de 1.000 hectáreas en siete días

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Los soportes técnicos y cartográficos no estaban aportados ni publicados oficialmente; el juzgado dio dos días a las entidades accionadas para responder.

Dos campesinos de espaldas observan el cielo junto a cultivos, selva y un río al amanecer.

El Juzgado Tercero Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, despacho judicial con competencia de circuito, suspendió temporalmente la aspersión aérea con glufosinato de amonio en Putumayo, según el auto del 11 de septiembre de 2026.

El piloto tenía un tope de 1.000 hectáreas y siete días de operación, según lo que el propio juzgado cita de la Resolución 007 de 2026 en el auto admisorio del 10 de septiembre.

El despacho frenó las actividades porque los estudios técnicos, la cartografía y las autorizaciones que la Resolución 0007 presenta como soporte no habían sido aportados ni estaban publicados en sitios oficiales, según el auto del 11 de septiembre de 2026.

No es un fallo de tutela, no tumba la Resolución 0007 ni tiene fecha de vencimiento, según el auto del 11 de septiembre. La orden suspende las actividades de aspersión mientras se reúne la información solicitada y se adopta una decisión de fondo, de acuerdo con ese mismo documento.

¿Qué suspendió exactamente el juzgado?

El juzgado suspendió temporalmente cualquier actividad de aspersión aérea con glufosinato de amonio que pretenda ejecutarse en Putumayo en desarrollo de la Resolución 0007 del 18 de agosto de 2026, según el auto del 11 de septiembre. La orden no suspende la resolución ni sus efectos jurídicos, según ese documento.

Es una medida provisional de tutela: el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991 permite al juez suspender la aplicación del acto concreto que amenace o vulnere un derecho cuando lo considere necesario y urgente, antes de decidir de fondo.

El auto del 11 de septiembre aclara expresamente que no se pronuncia sobre la legalidad, la conveniencia ni la constitucionalidad de la política pública adoptada mediante la Resolución 0007 de 2026.

El Decreto 799 de 2025 asignó a los jueces del Circuito la primera instancia de estas tutelas contra actuaciones nacionales sobre erradicación de cultivos ilícitos; por eso conoce el caso un juzgado de Puerto Asís, según la explicación jurídica del auto del 11 de septiembre.

Germán Alberto Mora Mena figura únicamente como el juez que firma electrónicamente el auto del 11 de septiembre de 2026, según el pie de firma del documento.

¿El glufosinato es lo mismo que el glifosato?

No. El glufosinato de amonio y el glifosato son herbicidas distintos, como precisó Más Colombia en su nota del 10 de septiembre de 2026 sobre el comunicado policial. El plan informado para Putumayo empleaba glufosinato de amonio, no glifosato, según esa nota.

La Policía Nacional informó el 10 de septiembre que su Dirección de Antinarcóticos, unidad encargada de operaciones contra el narcotráfico, desarrollaría el piloto con dos aeronaves AT-802 en polígonos habilitados y dentro de la Estrategia Esmeralda Plus, según su comunicado oficial.

¿Por qué el juez frenó el piloto?

El juez lo frenó porque la Resolución 0007 dice apoyarse en estudios técnicos, cartografía y autorizaciones que forman parte integral de la decisión, pero esos soportes no fueron aportados ni estaban publicados en sitios oficiales de las entidades accionadas, según las consideraciones del auto del 11 de septiembre.

La lectura preliminar tampoco permitió identificar con claridad los polígonos, los municipios, las características ambientales, las comunidades potencialmente afectadas ni los criterios del alcance territorial, según el auto del 11 de septiembre.

El despacho invocó el principio de precaución y las sentencias T-236 de 2017 y T-413 de 2021 de la Corte Constitucional sobre programas de aspersión, según los numerales 6 y 7 del auto del 11 de septiembre.

¿Hasta cuándo dura la suspensión?

La suspensión no tiene fecha de vencimiento: rige hasta que el juzgado recaude la información requerida y adopte la decisión de fondo, según la parte resolutiva del auto del 11 de septiembre. Los siete días corresponden al límite operativo del piloto, según el auto admisorio del 10 de septiembre.

El accionante afirmó que el piloto se ejecutaría entre el 12 y el 17 de septiembre de 2026, pero el propio juzgado ordenó verificar esa afirmación dentro del trámite, según el auto del 11 de septiembre. No es una fecha oficial confirmada, según ese mismo auto.

¿Qué le pidió el juzgado al Gobierno y en qué plazo?

El juzgado abrió dos ventanas de respuesta: 24 horas para precisar dónde y en qué estado estaba el piloto, y dos días para que las entidades se pronunciaran y remitieran informes y pruebas, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Los requerimientos no equivalen a una decisión de fondo, según ese auto.

Entidad requerida Qué debe responder Plazo
Consejo Nacional de Estupefacientes, órgano que fija políticas sobre drogas; ministerios de Justicia y Defensa; Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, y Departamento del Putumayo, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Municipios del polígono, cartografía, existencia del acta de inicio y estado de ejecución del piloto, según el auto admisorio del 10 de septiembre. 24 horas, según el auto admisorio del 10 de septiembre.
Presidencia; ministerios de Ambiente, Agricultura, Salud y Justicia; Consejo Nacional de Estupefacientes; Policía Nacional; Ejército; Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, entidad que evalúa permisos ambientales, e Instituto Colombiano Agropecuario, autoridad sanitaria del sector agropecuario, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Pronunciarse sobre los hechos de la tutela y aportar las pruebas que pretendan hacer valer, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Dos días, según el auto admisorio del 10 de septiembre.
Consejo Nacional de Estupefacientes y Ministerio de Justicia, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Rendir un informe detallado sobre la Resolución 007 y el plan piloto, según el auto admisorio del 10 de septiembre. Dos días, según el auto admisorio del 10 de septiembre.

¿Qué pasa si se asperja de todas formas?

Asperjar en Putumayo en desarrollo de la Resolución 0007 mientras esté vigente la orden podría activar consecuencias por desacato, porque el auto del 11 de septiembre advierte expresamente sobre los artículos 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991 ante el incumplimiento de la suspensión.

El artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 sanciona el desacato con arresto hasta de seis meses y multa hasta de 20 salarios mínimos mensuales, según el texto publicado por Función Pública.

¿Qué se sabe y qué no se sabe todavía?

Se sabe que las actividades de aspersión están suspendidas en Putumayo hasta una decisión de fondo, según el auto del 11 de septiembre. Todavía no se conocen las respuestas oficiales a los requerimientos, el contenido íntegro de los soportes técnicos ni la delimitación verificada de las zonas, según ese documento.

El texto completo de la Resolución 0007 del 18 de agosto de 2026 no se encontró publicado en ningún sitio oficial al 11 de septiembre. Lo conocido de su contenido proviene de las citas hechas por el juzgado en los autos del 10 y 11 de septiembre.

Los archivos de ambos autos están alojados por Canal 1 y no en un dominio de la Rama Judicial; el auto del 11 de septiembre contiene firma electrónica y código de verificación, pero su validación en línea no fue ejecutada.

El proceso no aparecía en la Consulta de Procesos de la Rama Judicial al 11 de septiembre de 2026. Tampoco se encontró una reacción oficial posterior a la suspensión de la Policía Nacional, el Ministerio de Justicia o la Presidencia al cierre de esa fecha.

¿De dónde sale esta información?

La orden de suspensión, su alcance, su fundamento y las advertencias por incumplimiento están en el auto del 11 de septiembre de 2026. Los requerimientos, plazos y límites citados del piloto están en el auto admisorio del 10 de septiembre.

La definición legal de la medida provisional y la sanción por desacato se consultaron en el Decreto 2591 de 1991 publicado por Función Pública.

El anuncio inicial del piloto está en el comunicado de la Policía Nacional del 10 de septiembre de 2026. Más Colombia explicó ese anuncio en su nota previa del mismo día.

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