miércoles, 9 de septiembre de 2026
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Contratar por días a una empleada doméstica cuesta $96.685 al mes en aportes: 733.000 personas viven de ese trabajo

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El empleador asume $79.176 y a la trabajadora se le descuentan $17.509 cuando labora entre uno y siete días al mes, según la tabla de 2026 de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales.

Una mujer dobla ropa limpia sobre una mesa de comedor iluminada por la luz de una ventana.

Para quien trabaja entre uno y siete días al mes, los aportes de 2026 suman $96.685: $70.036 de pensión, $9.140 de riesgos laborales y $17.509 de caja de compensación, según la tabla de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, la entidad que publica estos valores.

De ese total, $17.509 se descuentan a la trabajadora y $79.176 los asume el empleador, según la tabla de 2026 de esa Unidad. Los $96.685 son solo aportes: no incluyen salario, transporte, prima, cesantías ni vacaciones.

El boletín técnico de julio de 2026 del DANE, publicado el 31 de agosto de 2026, registró 733.000 personas como empleadas domésticas en Colombia, equivalentes al 3,0 % de la población ocupada.

El estudio conjunto sobre trabajo doméstico de julio de 2026 situó la informalidad por encima del 87 %. El aumento de la modalidad por días, en cambio, proviene de planes vendidos por Symplifica incluidos allí; no es una estadística nacional del DANE.

¿Cuánto hay que pagar si la contrato por días?

Si trabaja entre uno y siete días al mes y gana menos de un salario mínimo, los aportes mensuales suman $96.685, según la tabla oficial de 2026 de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales. El empleador asume $79.176 y descuenta $17.509 a la trabajadora.

Aporte mensual por 1 a 7 días trabajados Valor en 2026
Pensión $70.036
Riesgos laborales $9.140
Caja de compensación $17.509
Total $96.685
De ese total, lo que se le descuenta a la trabajadora $17.509
Lo que asume el empleador $79.176

Fuente: tabla de aportes de 2026 de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales. Estos valores no incluyen salario, transporte, prima, cesantías ni vacaciones.

El Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.1.6.4.1 a 2.2.1.6.4.16, fija una cotización semanal por 1 a 7 días al mes; dos por 8 a 14; tres por 15 a 21; y cuatro cuando se superan 21 días, siempre que se trabaje menos de un mes completo y se gane menos de un salario mínimo.

Según el Decreto 1072 de 2015 compilado por Función Pública, cada empleador responde por separado por pensión, riesgos laborales y caja de compensación de la persona que contrata.

¿Qué más le debo además de los aportes?

Además de los aportes, debe pagar salario y auxilio de transporte proporcionales, prima, cesantías, intereses sobre las cesantías y vacaciones. El costo mensual completo depende de los días trabajados y del salario acordado, que no puede quedar por debajo del mínimo proporcional previsto en el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo.

El Decreto 159 de 2026 fijó el salario mínimo mensual en $1.750.905 y el auxilio de transporte en $249.095. Para quien trabaja un día a la semana, ambos conceptos y todas las prestaciones deben liquidarse proporcionalmente, sin convertir los $96.685 de aportes en un supuesto costo total.

Los artículos 1 y 2 de la Ley 1788 de 2016 reconocen una prima proporcional equivalente a 30 días de salario por año. El artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo reconoce cesantías proporcionales de un mes de salario por año.

El artículo 1 de la Ley 52 de 1975 fija intereses sobre las cesantías del 12 % anual o proporcionales. El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo reconoce 15 días hábiles de vacaciones por año, proporcionales al tiempo servido.

El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo exige calzado y vestido de labor cada cuatro meses si la trabajadora gana hasta dos salarios mínimos y cumple sus condiciones. La dotación se entrega en especie, no en dinero.

¿Tiene que haber contrato escrito?

Sí. Desde la Ley 2466 de 2025, artículos 33 y 34, el contrato de trabajo doméstico debe constar por escrito, cualquiera sea su modalidad, y registrarse mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), el sistema usado para reportar las cotizaciones.

La obligación escrita también cobija el trabajo por días, según los artículos 33 y 34 de la Ley 2466 de 2025. El Decreto 1072 de 2015 añade que cada hogar empleador responde por separado por los aportes de la persona contratada.

¿Cuánta gente trabaja en esto y en qué condiciones?

El DANE registró 733.000 personas como empleadas domésticas en julio de 2026, el 3,0 % de la población ocupada, en su boletín publicado el 31 de agosto. El estudio conjunto de julio de 2026 encontró que la informalidad del sector superó el 87 % en los primeros trimestres de 2024, 2025 y 2026.

Ese 87 % no es una cifra oficial del DANE. Es el resultado del estudio de la Universidad del Rosario, Comfama, Enlace Operativo, Hogarú, Symplifica y la Fundación Hablemos de Trabajo Doméstico, publicado en julio de 2026, que procesa la encuesta del DANE con su propia definición.

El boletín de informalidad del DANE para enero-marzo de 2026 ubicó la tasa nacional en 55,3 %. Frente al nivel sectorial del estudio conjunto para el mismo trimestre, la diferencia supera 31,7 puntos porcentuales.

El estudio conjunto de julio de 2026 halló que entre el 79 % y el 83 % aparecía solo con afiliación a salud, sin pensión ni riesgos laborales. Apenas entre el 10 % y el 12 % tenía simultáneamente salud, pensión y administradora de riesgos laborales.

El mismo estudio de julio de 2026 estimó que cerca del 51 % tenía contrato verbal, entre el 39 % y el 41 % no tenía contrato y menos del 10 % reunía los contratos escritos a término fijo e indefinido.

¿Es cierto que ahora se contrata más por días?

Los planes por días sí aumentaron entre las ventas de Symplifica: pasaron del 42,8 % en 2025 al 51,3 % en el primer semestre de 2026, según los datos de esa empresa incluidos en el estudio conjunto de julio de 2026. Ese resultado no es una estadística nacional del DANE.

En la misma serie de planes vendidos por Symplifica, incluida en el estudio conjunto de julio de 2026, la contratación de tiempo completo bajó del 57,2 % en 2025 al 48,7 % durante el primer semestre de 2026.

El alcance es preciso: el dato describe los planes vendidos por Symplifica que el estudio incorporó. Por eso no permite afirmar que los contratos por días crecieron en todo el país ni atribuir ese movimiento al DANE.

¿Qué se sabe y qué no se sabe todavía?

Se conocen el total de personas ocupadas que reportó el DANE, los rangos de afiliación y contratación calculados por el estudio, y los aportes de 2026 publicados por la Unidad. No se conocen el decimal exacto de la informalidad, la afiliación sectorial a caja ni una distribución por sexo para las 733.000 personas.

El estudio conjunto de julio de 2026 solo informa que la informalidad superó el 87 %; no publica el decimal exacto. Tampoco publica cuántas personas del sector están afiliadas a una caja de compensación, por lo que esa cantidad no se conoce.

El boletín mensual del DANE de julio de 2026 registra 733.000 personas como empleadas domésticas, pero no desagrega ese universo por sexo. Por eso no permite establecer qué porcentaje de esas personas son mujeres.

Las normas del Código Sustantivo del Trabajo y las leyes citadas se referencian por número y artículo porque el repositorio oficial de normas SUIN-Juriscol bloquea el acceso automatizado. Esa limitación también aplica a la Ley 2466 de 2025, la Ley 1788 de 2016, la Ley 52 de 1975 y el Decreto 159 de 2026.

¿De dónde sale esta información?

Las cifras de ocupación provienen del boletín técnico de la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE de julio de 2026, publicado el 31 de agosto. La comparación nacional usa el boletín del DANE sobre informalidad y seguridad social de enero a marzo de 2026.

Ocupación e informalidad nacional: boletín técnico de la encuesta de hogares del DANE, julio de 2026, y boletín de informalidad y seguridad social, enero-marzo de 2026.

Condiciones y planes vendidos: estudio ¿Se está reconfigurando el mercado de trabajo doméstico en Colombia?, julio de 2026, elaborado por la Universidad del Rosario, Comfama, Enlace Operativo, Hogarú, Symplifica y la Fundación Hablemos de Trabajo Doméstico.

Aportes y cotización semanal: tabla de aportes de 2026 de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales y Decreto 1072 de 2015 compilado por Función Pública.

Salario, prestaciones y contrato: Código Sustantivo del Trabajo, artículos 147, 186, 230 y 249; Ley 2466 de 2025, artículos 33 y 34; Ley 1788 de 2016, artículos 1 y 2; Ley 52 de 1975, artículo 1; y Decreto 159 de 2026.

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