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viernes, 13 de diciembre de 2024
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Función Pública dio noticia sobre retroactivo de la bonificación pedagógica y su liquidación si ascendió o se reubicó en 2024

La Función Pública se manifestó sobre la bonificación pedagógica, con respecto al retroactivo y los casos de aquellos docentes que ascendieron o se reubicaron en el escalafón docente. Resuelva sus inquietudes.

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Los docentes tienen derecho a recibir el 24% de bonificación pedagógica por toda la vigencia fiscal de 2024 si cumplen los requisitos. Este porcentaje incluye el ajuste adicional del 19% al 24%, el cual debe reconocerse retroactivamente. Las secretarías de educación deben garantizar el pago de esta bonificación con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP).

La bonificación pedagógica es un reconocimiento económico establecido para los docentes del país, fruto de años de gestión y lucha por parte de las organizaciones sindicales, en especial Fecode. Este incentivo económico inició en 2018 con un porcentaje del 6% sobre la asignación básica mensual de los docentes, y se ha ido incrementando progresivamente en virtud de los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y las organizaciones sindicales.


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En los acuerdos de 2023, se definió una ruta de incremento para esta bonificación:

  • 2024: 24% de la asignación básica.
  • 2025: 29% de la asignación básica.
  • 2026 en adelante: 35% de la asignación básica.

Es esencial que los docentes estén informados sobre sus derechos y los procedimientos de liquidación, para que puedan reclamar cualquier ajuste necesario y garantizar el cumplimiento de la normativa. 

A continuación, se abordan las dudas más frecuentes, especialmente si se la pagaron incompleta y si ascendió o se reubicó en el escalafón docente.

Respuestas de la Función Pública sobre el reconocimiento de la bonificación pedagógica

¿Cuál es el porcentaje de reconocimiento de bonificación pedagógica entre el 1 de enero de 2024 y el 28 de octubre de 2024?

De acuerdo con el Decreto 1316 de 2024, los docentes que cumplieron con los criterios establecidos tienen derecho a percibir una bonificación equivalente al 24% de la asignación básica mensual a partir de la entrada en vigencia del decreto. 


Aunque los docentes reconocidos previamente percibían el 19%, el porcentaje actualizado se aplica retroactivamente desde la vigencia fiscal 2024, como lo señaló el Ministerio de Educación en sus instrucciones a las secretarías de educación.

Si la entrada en vigencia del Decreto 1316 de 2024 fue el 28 de octubre de 2024, ¿a los docentes a quienes ya se les reconoció la bonificación pedagógica en un 19% por parte de la Secretaría de Educación, se les debe reconocer ese porcentaje adicional hasta completar el 24%?

La función pública es clara en decir que , a los docentes a quienes ya se les reconoció la bonificación pedagógica en un 19% por parte de las secretarías de educación se les debe reconocer el porcentaje adicional hasta completar el 24%. Esto está sustentado en la memoria justificativa y en las aclaraciones del Ministerio de Educación Nacional, que establecen que el incremento al 24% es aplicable dentro de la vigencia fiscal 2024.

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¿Existe alguna disposición legal que establezca el reconocimiento del retroactivo para los docentes a los que le fue reconocida la bonificación pedagógica antes de la entrada en vigencia del Decreto 1316 de 2024?

Aunque el artículo 3 del Decreto 2354 de 2018 establece que la bonificación pedagógica no tendrá efectos retroactivos, el Ministerio de Educación Nacional aclaró que esta restricción se aplicaba únicamente a las fechas anteriores a la creación de la bonificación en 2018. 

Para las vigencias de 2024 en adelante, el ajuste al 24% debe ser reconocido retroactivamente para los docentes que cumplieron los requisitos entre el 1 de enero y el 28 de octubre de 2024, asegurando la aplicación plena del nuevo porcentaje establecido.

Si el docente cumplió un año en junio y le pagaron la bonificación pedagógica con el 19%, ¿tiene derecho al reajuste al 24%?

Sí, el docente tiene derecho al reajuste. Esto se debe a que el decreto establece que el porcentaje de la bonificación pedagógica para 2024 es del 24%, y aplica para todo el año, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre.

En este caso, si el pago se realizó con base en el 19%, la entidad pagadora debe ajustar la diferencia y pagar el retroactivo correspondiente al 5% faltante, asegurando que el docente reciba el monto completo que le corresponde según la normativa vigente.


Si el docente ascendió o fue reubicado en el escalafón, ¿hay reajuste en la bonificación?

No, no hay reajuste en este caso. Según la normativa, la bonificación pedagógica se liquida con base en la asignación básica mensual del docente al momento de la liquidación. Esto significa que si el docente estaba en el nivel 2A cuando cumplió el año, la bonificación será calculada con el salario correspondiente a ese nivel, incluso si posteriormente ascendió al nivel 3A.

Para beneficiarse del nuevo nivel salarial en la bonificación, el docente deberá esperar al siguiente periodo de liquidación, que será en 2025, donde el cálculo reflejará su nivel escalafonario actualizado.

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¿Quiénes tienen derecho a la bonificación pedagógica?

La bonificación pedagógica es un beneficio que cubre a todos los docentes regidos por el estatuto 1278 que hayan cumplido un año de servicio continuo. Esto incluye a los docentes nombrados en propiedad, los provisionales y aquellos que se encuentran en período de prueba. El decreto que regula este incentivo establece para 2024 un porcentaje del 24% de la asignación básica mensual como monto de la bonificación. En caso de que un docente haya recibido un porcentaje inferior, tiene el derecho de exigir el ajuste retroactivo correspondiente al porcentaje faltante.

Es esencial que los docentes actúen con prontitud frente a cualquier irregularidad en la liquidación de la bonificación pedagógica. Reclamar de manera oportuna no solo protege sus derechos, sino que también evita la acumulación de problemas administrativos. Si bien los trámites pueden ser prolongados, contar con el apoyo de los sindicatos y recurrir a herramientas legales son pasos clave para garantizar la defensa de los derechos del magisterio.

¿Qué hacer si la liquidación de la bonificación pedagógica no es correcta?

Es común que en algunas secretarías de educación se presenten errores en la liquidación o el pago de la bonificación pedagógica, lo que puede generar preocupación entre los docentes. Ante estas situaciones, es importante actuar de manera oportuna y seguir los pasos adecuados para reclamar este derecho.

  1. Presentar un derecho de petición
    • El primer paso es redactar un derecho de petición dirigido al Ente Territorial Certificado (ETC) al que esté adscrito el docente, explicando de forma clara y detallada los motivos del reclamo.
    • El derecho de petición se puede tramitar a través de la plataforma del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC) de la secretaría correspondiente.
    • En este documento, el docente debe sustentar las razones de su solicitud, indicando si el problema radica en:
      • Una liquidación incorrecta (porcentaje o salario erróneo).
      • La falta de pago de la bonificación.
      • La ausencia del ajuste al 24%, establecido por el decreto vigente para 2024.
  2. Solicitar acompañamiento sindical
    • Si la respuesta del ente territorial no resuelve el problema o si se ignora la petición, el docente debe acercarse a su organización sindical.
    • Los sindicatos, como Fecode y sus filiales, cuentan con asesores jurídicos que pueden orientar sobre los pasos a seguir, incluyendo:
      • La presentación de una acción de tutela para exigir el cumplimiento del derecho.
      • Otras acciones jurídicas según el caso particular.
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Aspectos importantes sobre la bonificación pedagógica

  • Cobertura de la bonificación:
    La bonificación pedagógica aplica para todos los docentes vinculados bajo el estatuto 1278 que cumplan con un año de servicio continuo, incluyendo:
    • Docentes nombrados en propiedad.
    • Docentes provisionales.
    • Docentes en período de prueba, siempre que hayan cumplido un año de servicio.
  • Garantía del ajuste al 24%:
    El decreto que regula la bonificación pedagógica establece que para el 2024 el porcentaje será del 24% de la asignación básica mensual. Si un docente recibió menos, tiene derecho a exigir el ajuste retroactivo por el porcentaje faltante.
  • Importancia de actuar oportunamente:
    Es fundamental que los docentes reclamen de inmediato cualquier irregularidad para evitar que sus derechos sean vulnerados. Si bien los trámites pueden ser largos, el respaldo de los sindicatos y el uso de herramientas legales asegura la protección de los derechos del magisterio.

Actuar con base en estos pasos garantiza que cada docente reciba lo que por ley le corresponde, consolidando los avances en sus derechos laborales.